Blog > Traslado de los trabajadores sin cambio de residencia.

Traslado de los trabajadores sin cambio de residencia.

No es posible la extinción del contrato por voluntad del trabajador. Tienen derecho a una indemnización por el traslado, pero no a la rescisión voluntaria. No es una modificación sustancial, sino meramente accidental al que tiene derecho el empresario en el ejercicio del ius variandi. No existe normativa convencional que conlleve esta posibilidad. STA TS 12-03-2019.

El Tribunal Supremo limita que los trabajadores asuman los descuadres de caja

El Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre una práctica habitual...

El Tribunal Supremo refuerza la obligación de claridad en las nóminas de los trabajadores

El Tribunal Supremo ha recordado la importancia de que la...

El Ejecutivo comunitario propone revisar los tipos reducidos de IVA aplicados a la hostelería y el alojamiento

La Comisión Europea ha publicado sus recomendaciones fiscales dirigidas a...

El pluriempleo alcanza niveles históricos en España

Los últimos datos de la Encuesta de Población Activa (EPA)...