Los obligados tributarios que estén incluidos, con carácter obligatorio o voluntario, en el sistema de Dirección Electrónica Habilitada de la Agencia Tributaria podrán señalar hasta un máximo de 30 días en cada año natural durante los que la Agencia no podrá poner notificaciones a su disposición en la DEH.
Para poder solicitar los llamados días de cortesía es necesario estar dado de alta en la DEH y estar suscrito a los procedimientos disponibles en la Agencia Tributaria para la recepción de notificaciones.
LA AEAT te informa del procedimiento que debes seguir para solicitar los días de cortesía:
• Cómo solicitar los días de cortesía para el envío de notificaciones electrónicas
• Cómo solicitar los días de cortesía para el envío de notificaciones electrónicas – Apoderados