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Retribución de las vacaciones

Retribución de las vacaciones con complementos salariales que el convenio no incluye (horas de presencia, trabajo nocturno, festividades). 
Los pluses correspondientes a la actividad ordinaria de la empresa son conceptos en abstracto computables, pero no se aplican a los trabajadores que los hubiesen percibido ocasionalmente, salvo que el convenio disponga lo contrario. Reitera doctrina. La ocasionalidad puede determinarse en negociación colectiva, pero si no se hiciese ha de entenderse ocasional su devengo si se ha producido en menos de seis meses de entre los once anteriores a las vacaciones. Reitera doctrina. STA TS 23-04-2019. 

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