MEDIDAS FISCALES
1. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Art. 36)
Se prorrogan un año más:
• Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética:
Hasta 31/12/2026:
– 20% (base máx. 5.000€): reducción de demanda de calefacción y refrigeración (vivienda habitual u otras).
– 40% (base máx. 7.500€): mejora del consumo de energía primaria no renovable (vivienda habitual o de cualquier otra de su titularidad que tuviera arrendada para su uso como vivienda).
Hasta 31/12/2027:
– 60% (base máx. 5.000€/año): rehabilitación energética de edificios residenciales.
• Deducción por vehículos eléctricos y puntos de recarga (hasta 31/12/2026)
– 15% (base máx. 20.000€): adquisición de vehículo eléctrico nuevo no afecto a actividad económica.
Aplicable también si se abona una cantidad a cuenta para la futura adquisición del vehículo que represente antes de esa fecha al menos el 25% del valor de adquisición del mismo.
– 15% (base máx. 4.000€/año): instalación de puntos de recarga de batería para vehículos eléctricos no afectos a una actividad económica.
• Nueva deducción por autoconsumo renovable (hasta 31/12/2026)
– 10%: instalaciones en viviendas de sistemas destinados al autoconsumo de energía eléctrica que utilicen energía procedente de fuentes renovables.
– 20%: instalaciones en edificios de uso predominante residencial de sistemas destinados al autoconsumo de energía eléctrica que utilicen energía procedente de fuentes renovables.
Condiciones:
-Base máxima anual: 5.000€.
– Pago mediante medios bancarios.
– Se descuentan subvenciones recibidas.
– No aplicable si está afecto a actividad económica.
– Incompatible con las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de vivienda.
2. Impuesto sobre Sociedades (Art. 37)
• Libertad de amortización en energías renovables (desde 01/01/2025)
– Incluye inversiones en energías renovables y en instalaciones térmicas para autoconsumo que utilicen energía procedente de fuentes renovables.
– Límite: 500.000€.
– No aplicable a edificios.
– Es obligatorio mantener la plantilla media durante 24 meses respecto a los 12 anteriores.
• Libertad de amortización en vehículos e infraestructuras
Vehículos nuevos: FCV, FCHV, BEV, REEV, PHEV.
Infraestructuras de recarga en funcionamiento en 2024, 2025 y 2026.
3. Impuesto sobre el Valor Añadido (Art. 42)
Tipo del 10% en consumo eléctrico, gasolinas, gasóleos, gas natural, briquetas y pellets entre el 22/03/2026 y el 30/06/2026.
AYUDAS
1. Gasóleo agrícola
• Beneficiarios: quienes utilicen gasóleo B en su actividad agrícola y soliciten la devolución de 2025 (desde 01/04/2026).
• Ayuda de 0,20€/litro adquirido y destinado al uso agrario (22/03/2026 – 30/06/2026).
• Para el cálculo de la ayuda, se considerará el gasóleo adquirido para uso agrario en 2025 por el que el beneficiario obtenga la devolución de gasóleo agrícola.
• La ayuda se considerará solicitada con la solicitud de gasóleo agrícola de 2025.
2. Fertilizantes (agricultores)
• Concesión de oficio.
• Beneficiarios: todos aquellos titulares de explotaciones agrarias.
• Basada en datos PAC o ingresos agrarios declarados.
3. Gasóleo profesional (transporte pesado)
• Beneficiarios: los profesionales con derecho a percibir la devolución de gasóleo profesional, que son aquellos que poseen vehículos que realizan la actividad de transporte de mercancías por carretera con vehículos de más de 7.500 Kg y que repostan con tarjetas gasóleo profesional.
• Ayuda de 0,20€/litro repostado a final de cada mes natura.
• Vigente hasta el 30/06/2026.
• La devolución se realizará de oficio a final de cada mes natural.
4. Transporte sin derecho a devolución del punto 3
• Beneficiarios: autónomos y sociedades que sean titulares de autorizaciones de transporte VDE, VT, VTC, VSE, MDLE y MDPE.
• Es obligatorio estar dado de altaen Registro de Transporte.
• Hay que estar dados de alta en alguno de los siguientes IAE´s: 721.1–721.4, 722, 729.3, 751.4, 751.6, 757, 756.1 y 756.9.
• Entre 200€ y 1.800€ por vehículo.
• Requiere solicitud expresa mediante la pagina web de Agencia Tributaria.
• Desde 01/05/2026 hasta 30/06/2026.