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Prorroga de los cierres en la Comunitat Valenciana y actualización de las medidas.

Se prorroga la Resolución de 29 de enero de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se prorrogan diversas resoluciones de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, y se modifican y adicionan otras medidas excepcionales.

Entre ellas:

  • Cierre de toda la hostelería. Solo se permitirá la comida a domicilio y el servicio de los hoteles y hospitales de cafetería y restaurantes estará permitido para los empleados y huéspedes.
  • Cierre de comercio a las 18.00 horas, excepto supermercados, farmacias y centros de servicios esenciales.
  • Cierre de los centros deportivos, excepto los profesionales y los de competición estatal.

Prórroga: desde las 00.00 horas del día 16 de febrero de 2021 hasta las 23.59 horas del día 1 de marzo de 2021.

DECRETO 5/2021, de 12 de febrero, del president de la Generalitat, por el que se actualizan las medidas de limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados y de limitación de la movilidad.

Limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados y en lugares de culto

  • En espacios de uso público, tanto cerrados como el aire libre, no se podrán formar grupos de más de dos personas, salvo que se trate de personas convivientes.
  • En domicilios y espacios de uso privado, tanto en el interior como el exterior, se permiten únicamente las reuniones familiares y sociales de personas que pertenecen al mismo núcleo o grupo de convivencia

Como excepciones, las recogidas en este Decreto 5/2021, entre ellas, las actividades laborales, las institucionales y las de transporte.

  • La permanencia en lugares de culto, no podrá superar el 30 % de su aforo.

Limitaciones de movilidad

  • Se limita la entrada y la salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana, excepto para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que recoge este Decreto 5/2021. Entre las excepciones, el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
  • Se limita la entrada y la salida de personas de los términos municipales de los municipios y grupos de municipios con población superior a 50.000 habitantes, desde las 15.00 horas del viernes hasta las 06.00 horas del lunes, y desde las 15.00 horas de la víspera de los días festivos hasta las 06.00 del día siguiente del festivo. Mismas excepciones que en el apartado anterior.
  • Queda limitada la libertad de circulación de las personas en horario nocturno entre las 22:00 y las 06:00 horas en todo el territorio de la Comunitat Valenciana.

Entrada en vigor: desde el 12 de febrero de 2021 hasta las 23.59 horas del 1 de marzo de 2021.

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