Nuevos tipos impositivos en el IVA aplicables del 1 de octubre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024
Tipo del 2 por 100 para los siguientes productos de alimentación:
- El pan común, la masa de pan común congelada, el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.
- Las harinas panificables.
- Leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
- Los quesos, los huevos y frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales.
- Los aceites de oliva.
El tipo del recargo de equivalencia es 0,26 por 100.
Tipo de gravamen del 7,5 por 100:
Se aplicará este tipo a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de los siguientes productos:
- Los aceites de semillas.
- Las pastas alimenticias.
El tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 1 por ciento.