Con el siguiente articulo recordamos la presentación del Modelo 232 «Declaración Informativa de operaciones vinculadas» del ejercicio 2.021, con referencia a las operaciones con partes relacionas con la misma empresa, operaciones vinculadas.
En el Modelo 232 se debe informar de las siguientes operaciones vinculadas:
- Las realizadas con una misma entidad que en conjunto superen los 250.000 €.
- Las consideradas «específicas» con un importe conjunto superior a 100.000 € (ventas de inmuebles, participaciones, etc.).
- Y las operaciones del mismo tipo y método de valoración, sea cual sea su importe, si en conjunto exceden del 50% de la cifra de negocios.
(Así, por ejemplo, si una empresa efectuó ventas de mercancías a otra sociedad del mismo grupo en 2020 por 90.000 euros y resulta que su cifra de negocios fue de 120.000 euros (por lo que las operaciones vinculadas alcanzan el 75% de la cifra de negocios), deberá presentar el modelo 232 y declarar dichas ventas).
Por otro lado, también debe incluirse:
- El detalle de las operaciones realizadas con paraísos fiscales.
- El detalle de las cesiones de intangibles a entidades vinculadas que gocen de la reducción del 60%.
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