Cambio de Modalidad en Pagos a Cuenta del Impuesto sobre Sociedades para 2025

Durante este mes de febrero, las empresas tienen la oportunidad de elegir qué modalidad de pagos a cuenta desean aplicar para el Impuesto sobre Sociedades de 2025. En este artículo te explicamos cómo afectan estas modalidades a las empresas y qué criterios debes tener en cuenta para decidir cuál te conviene más.

¿Qué Son los Pagos a Cuenta del Impuesto sobre Sociedades?

Los pagos a cuenta son adelantos de los impuestos que una empresa debe pagar al Estado durante el año fiscal. En el caso del Impuesto sobre Sociedades, las empresas deben hacer pagos fraccionados a lo largo del ejercicio, de acuerdo con la estimación de su liquidación. Las modalidades disponibles para 2025 ofrecen distintas fórmulas para calcular esos pagos anticipados.

Modalidades de Pagos a Cuenta para 2025

A partir de este año, las empresas que no superaron los seis millones de euros en volumen de operaciones en 2024 podrán elegir entre dos modalidades para calcular los pagos a cuenta del IS para 2025: Tipo I y Tipo II.

Tipo I: Sistema de Cuotas

Si optas por el Tipo I, los pagos a cuenta se calcularán en función de la cuota a ingresar de la última declaración del Impuesto sobre Sociedades presentada. Esto significa que en los pagos a cuenta de abril, octubre y diciembre de 2025, deberás abonar un 18% de la casilla 599 de la última declaración presentada del IS.

Esta modalidad es útil para empresas que prefieren un sistema más predecible, ya que no depende de los resultados financieros actuales, sino de una cuota fija.

Tipo II: Sistema de Bases

Por otro lado, si eliges el Tipo II, los pagos a cuenta se calcularán tomando como base la base imponible acumulada del ejercicio en curso. En este caso, se aplicará un tipo del 17% sobre la base imponible acumulada, permitiendo deducir las retenciones e ingresos a cuenta soportados y los pagos fraccionados previamente realizados.

Si tu empresa tuvo una cifra de negocios en 2024 inferior a un millón de euros, podrás beneficiarte de un tipo reducido del 16%.

¿Qué Modalidad Debe Elegir Tu Empresa?


La elección entre el Tipo I y el Tipo II depende de las expectativas sobre los beneficios de tu empresa en 2025. Si esperas que los beneficios sean mayores que en 2024, podría ser conveniente cambiar al Tipo I, ya que se basa en una cuota fija. Sin embargo, si anticipas que los beneficios serán menores, el Tipo II podría ser más adecuado, ya que ajusta los pagos a cuenta en función de los resultados de cada período.


¿Cómo Cambiar de Modalidad?

Si tu empresa está actualmente en el Tipo II y deseas cambiar al Tipo I, o si estás en el Tipo I y quieres cambiar al Tipo II, debes realizar la modificación a través de una declaración censal. Este procedimiento se debe llevar a cabo durante el mes de febrero para que tu empresa pueda beneficiarse del cambio a partir de 2025.

¿Y si Mi Empresa Superó los Seis Millones de Euros?

Si tu empresa facturó más de seis millones de euros en 2022, en 2024 tuvo que aplicar obligatoriamente el Tipo II. En este caso, no se podrá realizar un cambio de modalidad para 2025, ya que el sistema de pagos está determinado por la normativa vigente.

El cambio en las modalidades de pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades para 2025 es una oportunidad para ajustar los pagos anticipados a la situación financiera de tu empresa. Tomar una decisión informada puede ayudarte a optimizar tu flujo de caja y evitar sorpresas en la liquidación final del impuesto. Si tienes dudas sobre cuál es la mejor opción para tu empresa, desde RIVES CONSULTORES estamos disponibles para asesorarte en todo el proceso.