Blog > Las naves dedicadas al depósito de mercancías pueden aplicar una amortización del 7% en el IS correspondiente a los almacenes

Las naves dedicadas al depósito de mercancías pueden aplicar una amortización del 7% en el IS correspondiente a los almacenes

La falta de un precepto legal que defina los conceptos de almacén y edificio industrial permite al adquirente de un terreno sobre el que se edificará la correspondiente nave industrial aplicar un tipo de amortización lineal del 7% aplicable a los almacenes en lugar del 3% que procede aplicar sobre los edificios industriales.

Atendiendo a la definición dada por la RAE, el edificio se considera como almacén siempre que el mismo se destine al depósito de mercancías. En la medida en que la construcción se va a destinar al depósito de inmobiliario para ser distribuida a distintos puntos de venta, es admisible la consideración de la nave como almacén y en consecuencia la aplicación del tipo de amortización del 7%.

CONSULTA DGT

El Supremo fija doctrina sobre los suministros en viviendas ocupadas

El Tribunal Supremo ha fijado un nuevo criterio sobre el...

CEOE plantea revisar el coste empresarial de las bajas laborales

El coste económico de las bajas por incapacidad temporal se...

El TEAC respalda la legalidad del valor de referencia de los inmuebles

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha respaldado la legalidad del...

Calendario laboral 2027 en la Comunitat Valenciana

La Generalitat Valenciana ha establecido el calendario laboral aplicable en...