Blog > Las naves dedicadas al depósito de mercancías pueden aplicar una amortización del 7% en el IS correspondiente a los almacenes

Las naves dedicadas al depósito de mercancías pueden aplicar una amortización del 7% en el IS correspondiente a los almacenes

La falta de un precepto legal que defina los conceptos de almacén y edificio industrial permite al adquirente de un terreno sobre el que se edificará la correspondiente nave industrial aplicar un tipo de amortización lineal del 7% aplicable a los almacenes en lugar del 3% que procede aplicar sobre los edificios industriales.

Atendiendo a la definición dada por la RAE, el edificio se considera como almacén siempre que el mismo se destine al depósito de mercancías. En la medida en que la construcción se va a destinar al depósito de inmobiliario para ser distribuida a distintos puntos de venta, es admisible la consideración de la nave como almacén y en consecuencia la aplicación del tipo de amortización del 7%.

CONSULTA DGT

El Tribunal Supremo limita los registros de Hacienda en domicilios protegidos

El Tribunal Supremo ha establecido un criterio relevante en relación...

Proyecto de reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales: nuevas obligaciones en materia de salud mental y digitalización

El borrador de la futura Ley de Prevención de Riesgos...

RD LEY 7/2026. RESPUESTA A LA CRISIS DE ORIENTE MEDIO

MEDIDAS FISCALES  1. Impuesto sobre la Renta de las Personas...

Proyecto del “Estatuto del Becario”: nuevas reglas para las prácticas no laborales

El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de ley...