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Inspecciones de Hacienda a abogados y procuradores.

El Consejo General del Poder Judicial, en reunión de su Consejo Permanente de 20 de julio de 2017, dio el visto bueno al Informe redactado por el Gabinete Técnico del CGPJ para remitir a la Agencia Tributaria datos de trascendencia tributaria relativos a abogados y procuradores en los procedimientos judiciales en los que actúan.

Asimismo, el CGPJ acordó también comunicar el acuerdo y el informe al presidente de la Audiencia Nacional y a los Presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia para su conocimiento y difusión entre los órganos judiciales.

El Informe del Gabinete Técnico del CGPJ se redactó como consecuencia de la solicitud de información por parte del Director del Departamento de la Inspección Financiera y Tributaria de la AEAT.

Estas actuaciones de la Inspección Tributaria se encuadran en el marco de las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2017, en el que se prevén los requerimientos de información en relación con diversos sectores de actividad económica, entre los que se encuentra el sector de los profesionales del derecho.

En concreto, la Agencia tributaria solicita que los responsables de las bases de datos jurisdiccionales, cedan a los Servicios de Inspección de AEAT, la siguiente información con trascendencia tributaria relativa a la participación de Abogados y Procuradores en procedimientos judiciales durante los años 2014, 2015 y 2016:


«…Por procedimiento:


• Identificación de cada Abogado y Procurador que haya intervenido en procesos judiciales en cualesquiera de los Juzgados y Tribunales con sede en cualquier parte del territorio nacional. La información contendrá nombre completo y NIF del Abogado o Procurador y su número de colegiado.

• Fecha de inicio de la intervención en el procedimiento.

• Fecha de cese (en su caso) en el procedimiento.

• Juzgado o Tribunal ante el que ha intervenido.

• Localidad.

• Identificación del procedimiento judicial mediante su correspondiente clave.

• Fecha de inicio del procedimiento.

• Fecha de finalización del procedimiento (en su caso).

• Importe en litigio (en su caso)

• Identificación del cliente…»

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