Blog > Despido por navegar demasiado en Internet del trabajo

Despido por navegar demasiado en Internet del trabajo

Se considera que la infracción de mayor relevancia es el consumo excesivo de Internet por parte del trabajador durante su jornada. El informe elaborado por un empleado de la empresa, el Director de tecnología, revela el consumo muy superior a la media diaria del resto de los trabajadores de la demandada pero la comparación debe efectuarse con personas de la misma categoría desarrollando funciones similares, por lo que este hecho carece de trascendencia, al ser Internet una herramienta imprescindible para el desarrollo de su trabajo, salvo que se acredite que el exceso de consumo, respecto de la media, no tiene que ver con la actividad desarrollada; se da por acreditado el acceso a Internet a través de páginas web de contenido ajenos a las funciones propias de un jefe de servicio, en un breve lapso de tiempo, cuando sus funciones se concentraban en la fase “ post venta” de los eventos y consistían en verificar el grado de satisfacción del cliente tras la celebración del evento, fundamentalmente remitiendo encuestas de satisfacción, la fidelización del mismo para eventos futuros, la corrección de posibles fallos y la exploración de las posibilidades de mejora del servicio, sin que las páginas web que visitaba con mayor frecuencia guardasen relación con sus funciones de jefe de servicio, al estar relacionadas con el ocio y entretenimiento, viajes, compras, redes sociales, o prensa deportiva y cine, interactuando de forma continua y constante con los principales contenidos web que visitaba. Este comportamiento hay que poner en relación, con la entrega por la empresa, de un manual de usuario de tecnologías de la información en el que se indicaba que no estaba permitido el uso de Internet para cualquier actividad que sea lucrativa o tenga carácter comercial individual, así como para propósitos fraudulentos, publicitarios o para agraviar o propagar mensajes no relacionados con la actividad laboral, y el incumplimiento producido tiene la trascendencia suficiente para convalidar la decisión extintiva, como ha entendido la juzgadora de instancia, lo que lleva a desestimar los motivos y el recurso. STA TSJ Madrid 22-03-2018

El Tribunal Supremo limita que los trabajadores asuman los descuadres de caja

El Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre una práctica habitual...

El Tribunal Supremo refuerza la obligación de claridad en las nóminas de los trabajadores

El Tribunal Supremo ha recordado la importancia de que la...

El Ejecutivo comunitario propone revisar los tipos reducidos de IVA aplicados a la hostelería y el alojamiento

La Comisión Europea ha publicado sus recomendaciones fiscales dirigidas a...

El pluriempleo alcanza niveles históricos en España

Los últimos datos de la Encuesta de Población Activa (EPA)...