Un juzgado de lo social ha declarado nulo el despido de una trabajadora con un contrato temporal por obra y servicio que se extinguió un día antes de la publicación del RDL 9/2020 que declaraba que la fuerza mayor y las causas ETOP consecuencia del COVID-19 no pueden justificar la extinción de un contrato. Se considera que el contrato era indefinido por fraudulento y condena a la empresa a readmitir a la trabajadora y el abono de los salarios de tramitación.