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Ayudas INPYME 2026: Subvenciones para la Reindustrialización de PYMES en la Comunitat Valenciana

La Generalitat Valenciana ha publicado la convocatoria anticipada INPYME 2026, destinada a apoyar inversiones productivas que impulsen la reindustrialización en diversos sectores industriales de la Comunitat Valenciana.

¿Cuál es el objetivo de la ayuda?

Financiar proyectos de inversión industrial que supongan:

  • Creación de un nuevo establecimiento industrial.
  • Ampliación o modernización de instalaciones.
  • Diversificación de la producción.
  • Cambios esenciales en procesos productivos.

Presupuesto y cuantía de la subvención

  • Dotación inicial: 49.300.000 €.
  • Porcentaje de ayuda:
    • 40% del gasto subvencionable para inversiones en municipios despoblados o en riesgo de despoblación (Anexo IV).
    • 30% para el resto de municipios.
  • Importe máximo por empresa: 200.000 €.
  • Límite de minimis: máximo 300.000 € en 3 años por empresa única.

Plazo de presentación

Del 16 de febrero de 2026 a las 09:00h hasta el 10 de marzo de 2026 a las 23:59h
(Solo vía telemática).

¿Quién puede beneficiarse?

Pueden solicitar la ayuda las PYMES privadas que:

  • Tengan actividad industrial en la Comunitat Valenciana.
  • Cuenten con al menos 1 persona trabajadora a fecha de solicitud.
  • Estén vinculadas a alguno de los sectores industriales recogidos en la convocatoria (automoción, textil, cerámica, plástico, metal, calzado, hábitat, agroalimentario —en municipios despoblados—, videojuegos, biotecnología, audiovisual, etc.).

Quedan excluidas:

  • Personas físicas y comunidades de bienes.
  • Empresas sin registro en Seguridad Social.

Inversiones subvencionables

El proyecto debe alcanzar un presupuesto mínimo de:

  • 20.000 € (sin IVA)
  • 10.000 € para biotecnología, deporte, audiovisual y videojuegos

Entre los gastos aceptados se incluyen:

  • Maquinaria y equipamiento productivo.
  • Mejora de maquinaria existente.
  • Activos inmateriales (patentes, software específico, diseños).
  • Certificaciones técnicas.
  • Costes de ingeniería industrial.

Gastos NO subvencionables

  • Terrenos, naves y construcción no imprescindible.
  • Equipos de oficina o de uso administrativo.
  • Instalaciones de autoconsumo solar.
  • Seguridad laboral (solo se admite seguridad industrial).

Plazo de ejecución y justificación

  • Los activos deben estar en funcionamiento entre el 1 de enero de 2026 y el 4 de noviembre de 2026.
  • Puede autorizarse una ampliación de hasta 9 meses adicionales en casos justificados.

Documentación obligatoria

  • Solicitud telemática.
  • Nota informativa del Registro Mercantil (máx. 1 mes de antigüedad).
  • Memoria descriptiva del proyecto.
  • Tabla de costes estimados.
  • Declaraciones responsables requeridas.

Criterios de valoración

Para poder ser subvencionado el proyecto debe obtener mínimo 50 puntos.
Se valorará especialmente:

  • Calidad técnica del proyecto.
  • Impacto en competitividad e innovación.
  • Contribución a sostenibilidad.
  • Creación de empleo.
  • Inversiones en municipios despoblados.

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