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Ayudas GVA para autónomos que estén en cese de actividad

Se aprobar las bases que regulan la concesión directa de ayudas urgentes a las personas trabajadoras autónomas afectadas por la pandemia con la condición de que sean beneficiarias de las prestaciones extraordinarias COVID-19 de la Seguridad Social, en enero, febrero o ambos de 2021.

Estas ayudas se conceden de forma directa.

¿Quién se puede acoger a esta ayuda?

Las personas trabajadoras autónomas afectadas por la pandemia con la condición de que sean beneficiarias de las prestaciones extraordinarias COVID-19 de la Seguridad Social, en los meses de enero, febrero o ambos de 2021.
Tener el domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana.

No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones

Importe de las ayudas:

a) Un máximo de 300 euros por persona beneficiaria de la prestación extraordinaria Covid-19 de la Seguridad Social durante los meses de enero y febrero del 2021.

b) Un máximo de 150 euros por persona beneficiaria de la prestación extraordinaria Covid-19 de la Seguridad Social durante el mes de enero o durante el mes de febrero de 2021.

Los créditos que financiarán estas ayudas ascienden a 8.000.000 €.

Plazo presentación de solicitud: desde las 09.00 horas del 15 febrero hasta las 23.59 horas del 28 de febrero de 2021

Forma de presentación: de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat a través del procedimiento

Dos trámites:

Trámite uno: Solicitud de fecha y franja horaria para presentar la solicitud (no requiere firma electrónica).

Trámite dos: Presentación de la solicitud (requiere firma electrónica), a través del cual se presentará la solicitud y documentación requerida.

Subsanación de solicitudes: plazo de 10 días.

Plazo para resolver: tres meses, a contar desde el día 10 de febrero de 2021.

Compatibilidad de las ayudas: Estas ayudas serán compatibles con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, locales, autonómicos, estatales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

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