Blog > El período de beca no computa como antigüedad

El período de beca no computa como antigüedad

Si las partes hubiesen querido que tal período de beca se computase así lo habrían establecido expresamente. El hecho de que la beca de referencia no constituye relación laboral en la medida en que no hay contraprestación de trabajo y salario, sino que se limitan a la formación y a la concesión de una ayuda económica para las necesidades materiales de dicha formación. No existiendo relación laboral, tal período formativo no puede ser considerado- salvo previsión legal o convencional en contrario- como computable a efectos de ningún tipo de antigüedad. STA TS 20-09-2018.

Inspecciones de trabajo: errores comunes, sanciones y cómo cumplir la normativa

Las inspecciones de trabajo en España tienen como objetivo garantizar...

El Tribunal Supremo protege los derechos de los trabajadores con jornada reducida: conservación del complemento por presencia

El Tribunal Supremo de España dictó la sentencia STS 813/2025,...

Dietas y locomoción: exenciones, justificación y contabilización

Las dietas y los gastos de locomoción son compensaciones que...

VERI*FACTU se aplaza: más tiempo para adaptarse

La noticia principal es clara: la obligación de utilizar el...