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El despido objetivo por vulneración de la garantía de indemnidad no es nulo

No es nulo el despido objetivo por vulneración de la garantía de indemnidad, cuanto este se produce tras la negativa de la trabajadora a aceptar la novación de su contrato de tiempo completo a fijo discontinuo si existen causas organizativas y productivas que lo justifican. La novación aquí no es una represalia, sino una alternativa al despido. STA TS 20-02-2019

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