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Novedad sobre las Deudas Inexistentes o Pasivos Ficticios.

La contabilidad tiene cada vez una mayor importancia en las inspecciones de Hacienda, por ello es imprescindible que las empresas tengan una contabilidad precisa y transparente.

Es fundamental asegurarse de que los registros contables reflejen fielmente las transacciones y operaciones reales de la empresa. En este sentido, queremos hacer especial hincapié en evitar la presencia de «deudas inexistentes» o lo que comúnmente se denomina «pasivos ficticios» en los balances.

Si en la contabilidad de su empresa se detecta alguna deuda que en realidad no existe (es decir, un pasivo ficticio), es crucial tomar medidas correctivas. En caso de que las autoridades fiscales realicen una inspección y encuentren deudas inexistentes, pueden interpretarlo como una renta no declarada. En consecuencia, se imputará al período impositivo más antiguo no prescrito, a menos que pueda demostrarse lo contrario.

Un ejemplo ilustrativo sería si su empresa recibió ingresos en efectivo por servicios prestados en el año 2021, pero optó por contabilizarlos de manera incorrecta debido a necesidades de liquidez urgentes. Para evitar impuestos, se registró como «acreedores varios» en lugar de la cuenta de ventas correspondiente. Si, en una posterior revisión de la Inspección Tributaria iniciada en noviembre de 2023, se detecta esta irregularidad, se considerará que los ingresos corresponden a una renta no declarada en 2019 (el ejercicio más antiguo no prescrito) y se liquidará la cuota tributaria correspondiente.

Es importante tener en cuenta que este tipo de prácticas pueden acarrear sanciones significativas, que podrían superar el 50% de la cuota correspondiente.

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