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Cartel de coches, ¿compraste un coche entre febrero de 2006 y agosto de 2013? Podrías tener derecho a una indemnización

El Tribunal Supremo ha puesto punto final a la polémica que ha acompañado desde que, en el año 2015, la Sala de Competencia del Consejo de la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (en adelante, CNMC) resolviera imponer un sinfín de sanciones a los principales fabricantes y distribuidores de automóviles, por vulnerar los principios de la Ley de Defensa de la Competencia.
Las resoluciones de la CNMC recaídas en los expedientes de fabricantes de automóviles y algunos concesionarios, imponen una infracción, del artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.
Tanto Fabricantes como distribuidoras se intercambiaron información comercialmente sensible, referida a la remuneración y márgenes comerciales de forma “individual, secreta y periódica”.
Estas prácticas se tradujeron en un encarecimiento en el precio final de venta de los vehículos entre febrero de 2006 y agosto de 2013, dependiendo del período en el que participaron en el “cártel” los principales fabricantes automovilísticos que operan en nuestro país, y/o los concesionarios en el que adquirimos nuestro vehículo, ya que no todos participaron en las mismas fechas en este Cartel.
Se estima que el encarecimiento del precio de venta supuso entre un 10-20% del precio final del vehículo, pudiendo el cliente reclamar este encarecimiento al fabricante o concesionario, en caso de estar entre los afectados.
¿Quiere conocer si pudiera ser uno de los afectados? Contacte con nosotros y te informaremos sobre ello.

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